Cuando te toque partir, ¿quién – y cómo – cubrirá tus gastos funerarios?

Cuando te toque partir, ¿quién - y cómo - cubrirá tus gastos funerarios?

Los mexicanos, ¡hasta a la muerte le hacemos fiesta! Pero cuando se trata de nuestra partida o la de un ser querido, preferimos cambiar de tema. Al fallecer se generan gastos que no solemos tener contemplados y que al final alguien tendrá que cubrir, así que si no queremos causar un pesar mayor a quienes amamos, es mejor estar preparados.

¿Cuánto se necesita para cubrir los gastos funerarios?

Siguiendo la tradición de velar a nuestros muertos para después depositar sus restos en una tumba o sus cenizas en una cripta, es fácil superar los 15 – 20 mil pesos contratando un servicio económico. De ahí puede incrementarse tanto como estén dispuestos a pagar los deudos.

Adicionalmente hay factores externos que pueden encarecer los también llamados últimos gastos, como es que la persona fallezca en otro estado o en otro país, que requiera ser embalsamada, o que fallezca infringiendo alguna ley o causando un daño a terceros.

Por tanto, si deseamos que ante nuestra partida nuestras familias no acaben endeudadas, lo mejor es prepararnos en vida.

Opción 1 : Fondo de Gastos Funerarios

Separa en tu presupuesto cuando menos $100 al mes depositándolos en alguna cuenta de ahorro diferente a la cuenta donde te pagan tu nómina.

La idea es que no retires el dinero sin querer o lo gastes al utilizar la tarjeta de débito asociada a tu cuenta de nómina. Si tienes caja de ahorro en tu trabajo, ésta podría ser una buena opción.

Opción 2 : Planes de Servicios Funerarios

Algunas empresas de servicios fúnebres tienen planes en los que uno puede ir realizando abonos según sus posibilidades, de manera que en caso de deceso y de no haber cubierto el monto total del servicio, únicamente se tendría que pagar el importe pendiente.

En la mayoría de los casos el plan puede ser utilizado por quien lo contrata para cubrir los gastos funerarios de otra persona, lo cual brinda flexibilidad. Aunque claro, si llegas a utilizar el plan para cubrir los gastos de un tercero, tendrías que empezar de nuevo.

Un punto delicado a considerar es la solidez de la empresa que brinda el servicio: Si eres una persona joven, es posible que tardes muchos años en requerir sus servicios ¿Quién te garantiza que la empresa seguirá ahí cuando se necesite?

Opción 3 : Seguros de Gastos Funerarios

Éstos seguros se contratan con aseguradoras reguladas por la CONDUSEF, lo cual brinda certeza a quienes los contratan. Adicionalmente, mientras tu póliza esté vigente, tienes derecho a los servicios sin importar cuánto hayas ya pagado por tu seguro.

Sin embargo tiene dos puntos a considerar:

  • Normalmente el seguro es para una persona específica, de manera que no se puede utilizar para cubrir los gastos de otra persona,
  • La prima del seguro debe renovarse constantemente, de manera que es posible que a lo largo de tu vida termines pagando más de lo que realmente cuestan los servicios funerarios.

Ahora bien, la mayoría de los seguros de vida incluyen el inciso de gastos fúnebres. También hay centros de trabajo que lo ofrecen como prestación a sus colaboradores. Por tanto, antes de contratar un seguro de este tipo, primero investiga si no ya lo tienes.

Opción 4 : Ayuda para Gastos de Funeral (IMSS)

Los pensionados y trabajadores asegurados ante el IMSS tienen derecho a una ayuda para gastos funerarios que pueden reclamar sus deudos, la cual equivale a 60 días de salario mínimo general vigente en la fecha del fallecimiento.

Subrayemos que ésta es sólo una ayuda, ya que 60 salarios mínimos significan, al momento de escribir este artículo, poco más de $4200… Cantidad muy inferior a los 15 mil que mencionábamos al principio.

Pero claro, algo es algo y no hay por qué despreciarlo.

Observaciones finales

Tanto los Seguros de Gastos Funerarios como la Ayuda para Gasto de Funeral del IMSS se pagan por reembolso, es decir, en el momento hay que cubrir los servicios de nuestra bolsa para posteriormente tramitar la devolución.

Respecto al Anticipo para gastos fúnebres, si bien son un porcentaje que se entrega a los deudos para hacer frente a los primeros gastos, las oficinas de la aseguradora deben estar abiertas para poder disponer de ellos.

Por lo anterior, más allá de cuál opción elijas, siempre será buena idea tener un guardadito del cual pueda disponer tu familia llegado el momento.

Y por último, ¡no se te olvide informar a tu familia!

Si bien hablar de gastos fúnebres es un tema que incomoda a gran número de personas, es importante que tu familia  sepa que tienes un plan así como qué hacer llegado el momento.

No se trata de que al final terminen pagando tu funeral de su bolsillo y se pierda el dinero que habías destinado a ese fin.

¡Éxito!

Referencias

6 comentarios

  1. Muy buen articulo; en Maxima no se tiene proyectado abrir un apartado o cuenta donde podamos contratar un servicio a futuro o ir guardando por quincena una aportacion para solventar estas gastos cuando se presenten. O bien he visto en otras empresas los integrantes dan una aportación como ayuda a defunción puede ser de 50 multiplicado por los integrantes pues ya es otra cantidad. Pero es mas importante poder adquirir un servicio a futuro.

    1. Hola Armando!

      Una primera solución podría ser que solicites se te retenga para ahorro una cantidad fija para crear así tu fondo para gastos funerarios, la cual se depositaría en automático en tus cuentas (podría ser en la de 1 mes para la combinación disponibilidad / mejores rendimientos).

      Adicionalmente hay una buena noticia: ODESSA, como valor agregado, planea implementar un seguro de gastos funerarios familiar para los socios a precios muy asequibles, así como un seguro de vida. En el transcurso de este año serán dados a conocer para que los contrate el socio que así lo desee.

      Éxito!

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