¿Cómo me afecta que me paguen parte de mi sueldo por honorarios?

Muchos centros de trabajo suelen pagar a sus colaboradores dividiendo su ingreso, una parte por nómina, y el restante vía honorarios. Si es tu caso, ¿Cómo te afecta? ¿Qué herramienta tienes a tu alcance para enfrentar esos efectos?

¿Qué son los Honorarios Asimilables a Sueldos y Salarios?

Para comprender mejor los efectos de que te paguen por esta vía, es importante primero comprender qué son los honorarios asimilables.

Al hablar de «Honorarios«, hablamos de los ingresos que tienen los profesionistas independientes (médicos, abogados, ingenieros) por sus servicios. Para ello, la persona requiere estar dada de alta en el SAT como «Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional«, emitiendo facturas que son pagadas por sus clientes.

Ahora bien, para simplificar las cosas a aquellas personas que tienen actividad profesional pero no un negocio propio como tal, se creó la opción de «Asimilables a Salarios«. En palabras simples, esto quiere decir que, si bien cobran por honorarios, fiscalmente se maneja como si fuera un salario.

De esta manera, el empleador es quien retiene y reporta al SAT los impuestos generados por los ingresos del trabajador, sin que éste tenga la carga administrativa que conlleva llevar una contabilidad y realizar las declaraciones mensuales.

Para poner un ejemplo, las universidades son un lugar donde se da mucho este tipo de relaciones laborales cuando se trata de profesores que sólo tienen unas cuantas materias.

¿Cómo me afecta el pago por asimilables y qué puedo hacer?

En este punto, lo más importante para tener en cuenta es que las prestaciones de ley se basan en el salario reportado al seguro social por el patrón. Esto significa que, así ganes 15 mil pesos mensuales, si sólo estás dado de alta con un salario mínimo, las prestaciones se verán limitadas a ese salario mínimo.

Ahora bien, cuando se trata de prestaciones como el aguinaldo o la prima vacacional, el propio patrón suele dar al trabajador el total de lo que le corresponde siempre bajo la figura de honorarios asimilables.

Pero hay algunas prestaciones donde el patrón no puede hacerlo:

Aportaciones a la AFORE

Las aportaciones que se realizan a tu AFORE dependen directamente de tu salario de cotización sin considerar lo que ganes por honorarios asimilables. Con esto, tus aportaciones a tu ahorro para el retiro son menores, lo que te conllevará a una menor pensión.

¿Qué puedes hacer?

Pago de incapacidad

A partir del tercer día de incapacidad el seguro social es quien paga al trabajador, siempre en base a su salario de cotización. Por tanto, el monto que recibirías en caso de incapacidad sería menor a lo que usualmente recibes por tu trabajo, ya que no se considera lo que percibes por honorarios.

¿Qué puedes hacer?

  • Conversar con tu patrón. Algunos continúan pagando a sus colaboradores la parte correspondiente a vía honorarios.
  • Tener un Fondo de Emergencia, el cual te permita tener la liquidez suficiente para cubrir el periodo donde percibirás menos ingresos.

Las mejores prácticas recomiendan que el fondo equivalga de 3 a 6 meses de tus gastos mensuales, siendo tu Caja de Ahorro de Trabajadores un muy buen lugar para guarda tu Fondo de Emergencia, ya que te generará intereses por tu dinero mientras no lo necesites.

Crédito INFONAVIT

Cuando solicitas un crédito al INFONAVIT, el monto máximo del préstamo está definido por tu salario de cotización. Por tanto, al no estar contemplado lo que recibes por honorarios asimilables, el monto máximo que te puede otorgar el instituto disminuye.

¿Qué puedes hacer?

  • Solicitar un crédito bancario, ya que el banco sí considerará el total de tus ingresos.

Apoyo por desempleo

El apoyo por desempleo varía, dependiendo de tu antigüedad en la empresa, de 30 a 90 días de tu último salario de cotización. De manera que, de solicitarlo, sólo contarán los ingresos reportados al IMSS y no los que recibes por honorarios asimilables.

¿Qué puedes hacer?

  • Tener un fondo de emergencia sano, siendo ideal que sea equivalente a 6 meses de tus gastos mensuales, para que así ni siquiera tengas que utilizar este apoyo, el cual te resta semanas y reduce tu saldo en la Afore, lo cual incide directamente en tu pensión.

Éstas son las principales afectaciones, pero, si llegaras a tener un caso en particular o alguna inquietud adicional, compártelo en los comentarios y con gusto lo resolvemos.

¡Éxito!

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